lunes, 25 de noviembre de 2013

calculo y tipos de renmuneraciones 


Remuneraciones
Definición. Tipos de remuneraciones. Estipendios no remuneracionales.

Semana corrida, ingreso mínimo y horas extraordinarias
Definición. Composición del ingreso mínimo. Excepciones al pago del I. M. M. Conceptos a considerar en el cálculo. Formulas de cálculos. Taller de ejercicios prácticos.

Gratificaciones
Definición. Tipos de gratificaciones. Reliquidación de gratificaciones en U. T. M.

Protección a las remuneraciones
Forma, periodicidad y lugar de pago. Descuentos legales, judiciales, convencionales y prohibidos. Muerte del trabajador. Remuneraciones adecuadas. Cálculo del I. P. C. Cálculo máximo de intereses para operaciones reajustables en moneda nacional. Taller de ejercicios prácticos.

Libro auxiliar de remuneraciones
Obligaciones. Sistemas de hojas sueltas. Centralización.

Feriado anual
Cálculo de la remuneración integra durante el feriado. Cálculo del feriado proporcional. Cálculo del feriado progresivo. Taller de ejercicios prácticos.

Indemnizaciones
Forma de cálculo. Concepto de la última liquidación mensual devengada. Tributación de las indemnizaciones voluntarias. Taller de ejercicios prácticos.

Prestaciones sociales
Subsidios por incapacidad laboral. Subsidios maternales. Licencias médicas. Asignaciones familiares.

Cotizaciones previsionales
Régimen de A. F. P. Cotizaciones legales y voluntarias. Régimen del I. N. P. Cotizaciones Fonasa e Isapre. Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Impuesto a las remuneraciones
Tabla de cálculo del impuesto según la Ley de la Renta. Forma de cálculo del impuesto.

contrato de trabajo 

El contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador que se compromete a prestar servicios bajo la subordinación y dependencia de un empleador, a cambio de una remuneración. Sólo puede existir si ambas partes están de acuerdo en las obligaciones y los derechos que dan origen a la relación laboral.

Según el Código del Trabajo, los plazos para que el contrato conste por escrito son:
  • 15 días desde que el trabajador se incorpora a la empresa.
  • Cinco días (cuando se trata de una obra, trabajo o servicio cuya duración es menor a treinta días).
Si el trabajador se niega a firmar el contrato pactado, el empleador debe enviarlo a la Inspección del Trabajo dentro de estos plazos. Si no lo hace se asumirán las condiciones que declare el trabajador.
Si el trabajador también se niega a firmar el contrato ante la institución pública el empleador puede despedirlo, sin derecho a indemnización, a menos que pruebe que la contratación se realizó en condiciones distintas a las consignadas en el documento.
Si el empleador no escritura el contrato en los plazos indicados se le aplicará una multa de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Revise los modelos de contrato de trabajo.
Su objetivo es proporcionar certeza y seguridad jurídica a la relación laboral, de tal forma que ambas partes conozcan en forma clara y precisa los derechos y las obligaciones que los rigen.
El contrato de trabajo debe incluir, como mínimo, la siguiente información:
  • Lugar y fecha del contrato.
  • Individualización de las partes, con indicación de la nacionalidad y fecha de nacimiento e ingreso del trabajador. Los empleadores pueden contratar a mayores de 15 y menores de 18 años con el consentimiento de sus padres, acuerdo que debe quedar registrado ante la respectiva Inspección del Trabajo.
  • Determinación de la naturaleza de los servicios y lugar o ciudad donde se prestarán.
  • Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada (fija, variable o mixta).
  • Duración y distribución de la jornada de trabajo.
  • Plazo del contrato (por obra o faena determinada, plazo fijo o indefinido).
El contrato puede modificarse cuando existe acuerdo previo entre el empleador y el trabajador. De no ser así, los cambios podrán materializarse sólo cuando exista una causa legal (ver elartículo 12º del Código del Trabajo).
El trabajador, el empleador o ambos pueden poner término a su relación laboral, a partir de un acto voluntario de causas:
  • Objetivas(no se pueden atribuir al trabajador):
    • Mutuo acuerdo de las partes.
    • Renuncia del trabajador.
    • Muerte del trabajador.
    • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
    • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
    • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • Subjetivas(se pueden atribuir al trabajador):
    • Conductas indebidas de carácter grave (falta de probidad, acoso sexual, entre otras).
    • Negociaciones ejecutadas por el trabajador y que han sido prohibidas en la escrituración del contrato
    • Inasistencia al lugar del trabajo sin justificación (dos días seguidos, dos lunes en el mes o tres días durante un mes).
    • Abandono del trabajo (salida intempestiva o negativa a trabajar sin causa justificada).
    • Comisiones o actos temerarios que afecten la seguridad o el funcionamiento de la empresa.
    • Perjuicio material causado a las instalaciones, máquinas, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
    • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
  • Necesidades de la empresa:
    • Racionalización o modernización.
    • Bajas en la productividad.
    • Cambios en las condiciones del mercado o la economía.
  • Desahucio del empleador: esta causal le otorga libertad al empleador. Aplica a los trabajadores que lo representan y aquellos que ocupan cargos de su confianza, además de los trabajadores de casa particular. El despido debe comunicarse al trabajador con 30 días de anticipación, a menos que el empleador cancele una indemnización en efectivo equivalente a la última remuneración.

5. Comunicación del término de contrato:
El término del contrato debe ser comunicado personalmente por el empleador al trabajador, o por medio de una carta certificada que contenga: la causa legal aplicada, fundamentos, monto de las indemnizaciones (si corresponde) y estado en que se encuentra el pago de las cotizaciones previsionales y de salud hasta el último día del mes anterior al despido, adjuntando los comprobantes.
El empleador debe ingresar presencialmente o en línea ante la Dirección del Trabajo (DT) una copia de la carta de aviso de despido asociada a un trabajador o una carta de aviso de despido por nóminas, cuando se trata de cinco o más trabajadores.
Además, el trabajador debe ratificar su renuncia voluntaria (si corresponde); además, tanto el empleador como el trabajador tienen que ratificar el finiquito de trabajo.
6. Situaciones contractuales pendientes:
Si la relación laboral concluyó pero existen situaciones pendientes, revise los siguientes trámites:
contabilidad computacional 

Toda empresa, sin importar su volumen, requiere en su gestión, información confiable y expedita que permita una óptima toma de decisiones, consciente de esta necesidad y teniendo siempre como principal horizonte el mercado empresarial, distintas empresas de servicios y programas computacionales ofrecen la más completa e integral asesoría, desarrollando e implementando Sistemas de Información Administrativos.
Uno de los problemas más difíciles que enfrenta la empresa en el presente, ha sido el cambio que ha suscitado la tecnología en todos los planos de la vida actual. Este cambio ha tocado también a la gestión y manejo de los procesos productivos en la empresa. 
Como es el caso de la Contabilidad.
El principal objetivo de Los Sistemas de información es que: “La empresa al adquirirlo no tenga que cambiar su metodología de trabajo

Consideraciones Básicas

En cualquier sistema de información computacional se asume que el usuario está familiarizado tanto con Windows 95, Windows 2000 , Windows NT y que sabe cómo trabajar con aplicaciones Windows usando mouse.
gran parte de los sistemas de contabilidad computacional, requiere un mouse para la ejecución de sus funciones, sin embargo, muchas de ellas se pueden activar presionando la tecla ALT en conjunto con la letra que aparece subrayada en el menú. 
Estos software están orientados a la Planificación de Recursos y Gestión de las empresas.
Permite administrar la información, hacer más eficiente sus operaciones y relacionar datos provenientes de las distintas áreas de la empresa.
declaraciones juradas
Permite a los contribuyentes, empresas, instituciones y otras entidades, realizar declaraciones juradas de renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Estas declaraciones, implican los siguientes trámites que se despliegan desde el sitio web del SII:
  • Enviar o corregir declaración jurada por formulario electrónico.
  • Enviar o corregir declaració jurada mediante software.
  • Enviar o corregir declaración jurada por importación de datos.
Mediante el formulario electrónico, el contribuyente podrá recuperar su información vigente en ese momento, y podrá modificar solos los datos erróneos, evitándose reingresar todo el formulario nuevamente.
elaboración de los estados financieros 

Los estados financieros, también denominados estados contables , informes financieros o cuentas anuales, son informes que utilizan las instituciones para dar a conocer la situación económica y financiera y los cambios que experimenta la misma a una fecha o periodo determinado. Esta información resulta útil para la Administración, gestores, reguladores y otros tipos de interesados como los accionistas, acreedores o propietarios .
declaraciones y pagos de impuestos mensuales y anuales

1. ¿Por qué se habla de "declaraciones y pagos 
de Impuestos"?
Porque dentro de las principales líneas de procesos tributarios del Servicio de 
Impuestos Internos, las "Declaraciones y pagos de Impuestos" corresponden a 
un proceso en el cual se deben declarar y pagar los impuestos de forma simultánea.   

2. ¿Cuáles son las principales declaraciones de impuestos que se 

utilizan en el cumplimiento de las obligaciones tributarias?
Son las siguientes:
tramites administrativos 

Abrir un negocio exige cumplir un ciclo de tareas administrativas imprescindibles para que se sigan los requisitos legales fijados en nuestro país.
A continuación te mostramos una guía básica de los principales trámites comunes a todas las empresas, los específicos dependiendo de la forma jurídica del negocio así como una serie de diagramas que te permitirán hacerte una idea clara de los pasos a seguir.